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    Comenzó una nueva capacitación para el manejo informático de la Base General de Datos de Niños, Niñas y Adolescentes

    Fue organizada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación para el personal de la Justicia federal de San Martín que se encarga de incorporar los informes interdisciplinarios al sistema
    Comenzó una nueva capacitación para el manejo informático de la Base General de Datos de Niños, Niñas y Adolescentes
    La Base General de Datos de Niños, Niñas y Adolescentes (BGD), a cargo de la vicepresidenta de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dra. Elena Highton de Nolasco, diseñó una capacitación destinada al personal de la Prosecretaría de Menores y Asistencia Psicosocial de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín.
     
    El objetivo es familiarizar a sus profesionales con el uso de la herramienta informática creada por el máximo tribunal para incorporar los informes de seguimiento de los menores de edad comprometidos en causas, ya sea por resultar imputados, víctimas o a partir de expedientes judiciales de sus progenitores. 
     
    La información volcada en el sistema informático garantiza la debida protección jurídica de niñas/os o adolescentes. Así lo establece la acordada 40/1997 de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, que dictó normas básicas para asegurarsu protección jurídica. 
     

    Protección superior del niño/a
     
    El punto uno de esa acordada indica que “al proceder a la detención de una persona se deberán adoptar los recaudos necesarios para conocer si ella tiene a su exclusivo cargo menores incapaces. De ser así, sin perjuicio de imponer de ello posteriormente al juez competente remitiéndole las constancias del caso, el magistrado actuante dispondrá lo necesario sobre la guarda y adoptará las medidas urgentes que, de acuerdo a las circunstancias, resultan aconsejables para proteger el interés superior relativo al bienestar del menor o incapaz”.
     
    Posteriormente, en el año 2012, la cámara federal de San Martín estableció que los juzgados de su jurisdicción deberán aportar datos filiatorios y de identificación de los menores sobre el proceso que se les siguey dispuso que el organismo de registro deberá ser la BGD –acordada 78/12-.
     
    La información que se vuelca a este sistema es de uso exclusivo de los juzgados intervinientes y como consulta judicial para facilitar y garantizar la protección de los menores de edad. 
     
    El encuentro tuvo lugar en la Sala Bermejo de la Corte Suprema, los días 10 y 12 de marzo pasados.

     

     

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