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    Condenaron a tres acusados en un juicio oral contra miembros del Servicio Penitenciario Federal en una causa por torturas en la cárcel de Ezeiza

    El Tribunal Oral Federal N° 1 de La Plata fijó penas de entre 5 y 6 años de prisión. Otros dos imputados fueron absueltos. Es por hechos ocurridos en el año 2007. CIJ TV transmitió en vivo

    El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de La Plata –integrado por los jueces Alejandro Daniel Esmoris (presidente), Pablo Daniel Vega y Germán Andrés Castelli (vocales)- dio a conocer este miércoles el veredicto en un juicio oral por imposición de torturas por parte de miembros del Servicio Penitenciario Federal del Complejo Penitenciario  Federal I de Ezeiza hecho ocurrido el 9 de diciembre de 2007, siendo las víctimas de esos sucesos Lucas Matías Mendoza  y Claudio  David  Núñez. CIJ TV transmitió en vivo.

    El tribunal condenó a 6 años de prisión a Rubén Oscar Constantín, quien se desempeñaba como jefe de la Unidad Residencial II del Complejo de Ezeiza, y a 5 años de prisión a Sergio Hernán Giménez y Pablo Andrés Jara, miembros del cuerpo de requisa de dicha Unidad Residencial II. En tanto, Jorge Enrique Puppo, encargado general del cuerpo de requisa del Complejo, y su auxiliar Víctor Darío Salto fueron absueltos.

    Los jueces fijaron para el 16 de agosto próximo, a las 18, la audiencia de lectura de los fundamentos de la sentencia.

    Según informaron desde el tribunal, la causa había sido reabierta en el año 2014 como consecuencia de la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que condenó al Estado argentino a investigar dichos hechos, los cuales habían sido denunciados por la defensora general de la Nación, Stella Maris Martínez.

    De acuerdo al requerimiento de elevación a juicio del fiscal de instrucción junto con la PROCUVIN, se atribuyó a agentes del Servicio Penitenciario Federal que, tras una discusión entre internos, las víctimas Lucas Matías Mendoza y Claudio David Núñez fueron retirados violentamente del Pabellón B de la Unidad Residencial II de dicho Complejo para trasladarlos hasta la  celda  de alojamiento transitorio, comúnmente denominada “leonera” en la jerga  penitenciaria, lugar donde los arrojaron al piso,   boca abajo, esposados con sus manos a la espalda, para luego proceder a golpearlos fuertemente en distintas partes del  cuerpo, principalmente en las plantas de los pies, tobillos y pantorrillas, con palos y/o bastones práctica de tortura que se conoce como “pata-pata” en la jerga  carcelaria argentina o “falanga”, conforme las descripciones del Protocolo de Estambul   confeccionado por la Organización de las Naciones Unidas.

    En la causa intervinieron el fiscal general Carlos Dulau Dumm, el fiscal auxiliar Horacio Galdós y la Procuración Penitenciaria de la Nación, como querellante, representada por Sebastián Pacilio y Beatriz Pugliese.

     

     

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