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    La Corte ordenó como medida cautelar a la provincia de Chubut abstenerse de exigirle a YPF pagos por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos

    Se cuestiona el hecho de tomar como base imponible la totalidad de la producción del crudo en esa provincia, que es retirado y transportado a Buenos Aires, sin tener en cuenta las consecuencias que se derivan impositivamente de su refinación posterior

    La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó una medida cautelar mediante la cual le ordenó a la Provincia del Chubut que se abstenga de exigirle a YPF S.A. el pago de las diferencias determinadas en su contra en concepto de impuesto sobre los ingresos brutos tomando como base imponible la totalidad de la producción del crudo en esa provincia, que es retirado y transportado a la Provincia de Buenos Aires, sin tener en cuenta las consecuencias que se derivan impositivamente de su refinación posterior.

    La resolución fue firmada el pasado martes por los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda.

     

     

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