X
X
/
    cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional tribunal oral en lo penal económico narcotráfico
    X
    cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional tribunal oral en lo penal económico narcotráfico
    X

    Dictan falta de mérito a ruralistas acusados de cortar una ruta en reclamo por retenciones

    La Cámara Federal de Rosario revocó el procesamiento de siete productores. Dijo que se pudo identificar a los afectados. Durante la protesta se había demorado la circulación de autos particulares y se impedía el tránsito de camiones. Fallo completo

    La Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario revocó, por mayoría, el procesamiento de siete ruralistas, quienes habían sido denunciados por cortar una ruta en reclamo por las retenciones impuestas por el Gobierno nacional al sector agropecuario y, en consecuencia, dictó la falta de mérito para los acusados.

    El hecho se produjo el 18 de marzo de 2008 en la ruta nacional Nº 188, a la altura del ingreso a la localidad de La Violeta, durante una protesta realizada por aproximadamente 30 productores agropecuarios de la zona, que se habían autoconvocado para manifestarse contra aquellas medidas.

    Ante ello, el juez de primera instancia había dispuesto el procesamiento en base al artículo 194 del Código Penal, que establece que serán reprimidos con prisión de tres meses a dos años el que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas.

    Apelada esa decisión, la Cámara revocó la medida. Según el voto mayoritario del tribunal, lo que se identificó como “corte de ruta” fue una protesta en la que se anunció que el corte se iba a llevar a cabo hasta las 21 horas de ese día, y que se dejaría pasar en forma inmediata a vehículos de emergencia y de transporte de pasajeros, demorando a camiones y a particulares por lapso de 15 a 20 minutos, a quienes se dejaría pasar de a cuatro o cinco, y para aquellos que no querían esperar podrían circular por un camino alternativo.

    Agregó que en ninguna de las declaraciones testimoniales se individualizaron a los vehículos que estaban sobre la ruta y que no se le pueden asignar valor probatorio a las fotografías agregadas al expediente, pues no se puede identificar el momento en el que fueron tomadas.

    Tampoco existe denuncia o queja presentada por algún conductor, “lo que genera dudas sobre el verdadero efecto que la medida habría tenido desde el punto de vista de las acciones típicas reprimidas por la figura del art. 194 del C.P.”.

    Destacó que desde el comienzo de la protesta, incluso con anterioridad, se había dado aviso a la autoridad policial, quien acompañó en todo momento lo sucedido, brindando seguridad vial. “El acto de protesta fue controlado en todo momento por la autoridad policial, por lo cual tampoco podemos tener por demostrada la existencia de algún peligro para las personas o bienes en circulación”, añadió.

    De esa manera, “no alcanza la relevancia exigida por la figura penal imprimir a la circulación vehicular una mínima demora de 15 o 20 minutos (sin incluir los transportes de pasajeros y emergencias que no habrían sufrido ninguna), durante una hora y media aproximadamente de iniciada la protesta (ya que luego se permitió su paso libremente haciéndole entrega solamente de un volante alusivo a la protesta), siendo que respecto de los vehículos que transportaran cereales y agroquímicos… al no haberse identificado a ninguno de los choferes… carece de suficientes elementos de juicio para evaluar la concurrencia típica de los elementos exigidos por la figura penal que se les ha atribuido”.

    12
    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 4/2024 - Ac. 4/2023 Autoridades de la Jurisdicción Feria enero 2024
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • s/n/2024 - RESUELVE: 1°) Designar como magistrada subrogante del Juzgado Federal con competencia electoral de San Juan, en reemplazo del doctor Leopoldo Rago Gallo, a la doctora Eliana Ratta Rivas, desde el 16 al 23 de mayo de 2024.- 2°) Póngase en conocimiento de
    • 48/2024 - CAPITAL FEDERAL 1 licencia por enfermedad 1 prórroga de licencia por enfermedad BUENOS AIRES 1 renuncia a contrato transitorio
    • 10/2024 - RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 10: COMUNICA A LAS SALAS DEL TRIBUNAL QUE SE ENCUENTRA VIGENTE PARA USO LA CASILLA ANSES-OFICIOS TRASLADO ART. 49 LEY 24.241, EN LA PLATAFORMA DE DILIGENCIAMIENTO ELECTRÓNICO DE OFICIOS A ORGANISMOS EXTERNOS (DEOX)