Fue en el marco de la ley de unificación de fueros y juicio unipersonal. Requirió a la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional que realice una propuesta en relación con la reubicación de los funcionarios y empleados de las secretarías disueltas
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la firma de todos sus ministros, dictó una acordada en el marco de la ley 27.308 de unificación de fueros y juicio unipersonal, en la que dispuso la disolución de la segunda secretaría de cada uno de los Juzgados Nacionales en lo Criminal y Correccional números 50 al 63.
Asimismo, requirió a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional que, a los fines de la reubicación de los funcionarios y empleados de las secretarías disueltas, proponga -en el término de 30 días- el destino de aquellos en el ámbito de los tribunales con competencia en materia penal ordinaria, con la premisa de mantener el equilibrio entre las dotaciones de esos órganos judiciales y la mejor prestación del servicio de justicia; ello, con la debida participación de la entidad gremial (conforme artículo 4° de la ley citada).