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La Sala I de la Cámara Federal de La Plata, integrada por los jueces Roberto Agustín Lemos Arias, Carlos Román Compaired y Julio Víctor Reboredo, hizo lugar a un recurso de apelación en el marco de una acción de habeas corpus colectiva presentada por mujeres detenidas en el Complejo Penitenciario Federal IV de Ezeiza, relativo a la obligatoriedad de la implementación de medios tecnológicos en los procedimientos de requisa a efectuarse a las internas de dicha unidad.
En su resolución, el tribunal ordenó al director del Servicio Penitenciario Federal que en el término de quince días “adopte las medidas necesarias para implementar de manera efectiva y eficaz los medios tecnológicos pertinentes en toda requisa que se practique a las internas allí alojadas y que permitan evitar cualquier tipo de práctica humillante y degradante en el cumplimiento de tales medidas de seguridad”.
Asimismo, requirió a dicha autoridad que “en el término de cinco días convoque a una mesa de diálogo con las partes intervinientes en la presente acción de habeas corpus, con el objeto de elaborar un protocolo para el procedimiento de requisas que se ajuste a las normas constitucionales imperantes en la materia, debiendo informar quincenalmente al juzgado de origen el avance de dicho proceso”.